Declaraciones Juradas de Conformidad (DJC)

Las Declaraciones Juradas de Conformidad (DJC) son documentos mediante los cuales el fabricante nacional o el importador garantiza que los productos que introduce en el mercado cumplen con los requisitos de calidad y seguridad establecidos en los Reglamentos Técnicos (RT) vigentes.

A continuación, se detalla qué son y cómo deben utilizarse según la normativa:

Garantía de cumplimiento: Es el instrumento legal donde el responsable afirma que la conformidad del producto ha sido constatada mediante los procedimientos exigidos (Certificación o Ensayo).

Responsabilidad: El fabricante o importador es el responsable último por el cumplimiento de las condiciones declaradas, independientemente de la intervención de los Organismos de Evaluación de la Conformidad.

Vigencia: Las DJC no tienen una fecha de vencimiento fija; sin embargo, la información debe estar siempre vigente, especialmente el certificado o Informe de Ensayo que se mencionen.  Si el producto sufre modificaciones, se debe confeccionar una nueva declaración.

  1. Emisión y Alcance:
    Pueden realizarse por producto o por familia de productos (grupos con características semejantes).
    Si un producto está alcanzado por más de un Reglamento Técnico, se puede emitir una DJC única que abarque todos los requisitos.
    Debe estar redactada en idioma español y estar suscripta por el fabricante, importador o sus representantes legales.
  2. Información necesaria:
    Debe contener los datos suficientes para identificar el producto o familia, la norma técnica aplicada y el procedimiento de evaluación de la conformidad al que fue sometido.
    Para ciertos productos específicos (como encendedores o anteojos de sol), se debe incluir información técnica adicional como el tipo de combustible o el nivel de protección UV.
  3. Disponibilidad y Exhibición:
    Acompañamiento del producto: La DJC debe estar a disposición de quien la requiera. Puede facilitarse en copia física o digital.
    Obligación en la cadena comercial: Los distribuidores, mayoristas y minoristas están obligados a contar con una copia simple (papel o digital) de la DJC para exhibirla ante requerimientos de la autoridad o de los consumidores.
    Entrega física: Si en una operación comercial un comprador solicita la copia física, el fabricante o importador está obligado a entregarla.
  4. Vinculación con el Marcado de Conformidad:
    A partir del 28 de marzo de 2025, los productos certificados deben llevar un código QR que permita el acceso directo a la DJC y al certificado correspondiente.
    En productos que no requieren certificación, el uso del marcado y el QR para acceder a la DJC es optativo.

Insumos y Repuestos: Para productos destinados a integrarse en un proceso productivo o ser repuestos de equipos ya certificados, la DJC sirve para acreditar que cumplen con las exigencias, evitando a veces el marcado de conformidad individual en esa etapa.
Equipamiento Profesional: En el caso de aparatos de electrónica o audio de uso profesional, se debe presentar la DJC acompañada de documentación técnica (manuales o folletos) que respalde dicha condición para quedar eximidos de la certificación obligatoria.