Lámparas halógenas: prohibición y excepciones para importación

Procedimiento para obtener el beneficio de excepción para la importación y comercialización de lámparas halógenas.

La ley 26.473 prohibió la importación de lámparas halógenas:

lámparas halógenas

Y fue publicada el 31-dic-2019, para todos sus tipos y modelos.

Decreto 996/2020 – Exclusiones /Excepciones:

El Decreto 996/2020 fue publicado el día 15-dic-20 y lista los casos que se exceptúan de esta prohibición.
Hay lámparas halógenas permitidas una vez tramitada la excepción:
  1. Porque ingresan al país en carácter de importación temporal, en tránsito y/o muestras.
  2. Porque sus posiciones arancelarias (N.C.M.) son  8539.21.10 o 8539.21.90, y están destinadas a los siguientes usos:

a) Iluminación de hornos, microondas, eléctricos y a gas, equipos de extracción y purificación y otros aparatos domésticos.
b) Funcionamiento de equipos de impresión 3D o industrial.
c) Funcionamiento de estufas con imposibilidad técnica de reemplazo.
d) Iluminación artificial de estudios de fotografía, de cinematografía y de televisión, teatros u otras actividades culturales o de entretenimiento.
e) Funcionamiento de equipos de electro calentamiento industriales o profesionales.
f) Funcionamiento de equipos de moldeado por soplado en PET.
g) Iluminación para:
1. Vehículos de uso terrestre (automóviles, motocicletas, camiones, autobuses, remolques, etc.).
2. Locomotoras y demás material rodante sobre vías férreas.
3. Aeronaves.
4. Barcos y demás artefactos flotantes.
h) Iluminación de refrigeradores comerciales o domésticos.
i) Productos electrónicos e informáticos.
j) Equipamiento médico.
k) Iluminación de aeropuertos.
l) Iluminación para uso pesquero.
m) Funcionamiento de equipos de escáner.
n) Equipamiento de laboratorio para uso científico.

      3. Las que se encuentren en stock y su fabricación o importación hubiera sido realizada antes del 31-dic-2019.

Procedimiento para tramitar la excepción, Resolución 280/2021:

La firma o persona interesada deberá abrir un expediente ante la SCI con:

  • Declaración Jurada de Uso.
  • Informe de justificación de la necesidad de importación del insumo.
  •  Histórico de importaciones realizadas durante el período 2017-2019.

Importaciones por plazo:

Se puede presentar una solicitud de excepción para importación por un plazo de hasta 365 días corridos, según la documentación acompañada por el requirente. Se deberá acompañar a la mencionada solicitud, un informe de la empresa.

 

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