Excepciones a la certificación de Seguridad Eléctrica: la Resolución 169/2018 permite tramitar la excepción de certificación de seguridad eléctrica para algunos productos: insumos, repuestos y partes de máquinas.
Declaración Jurada de Excepción, Resolución 169/18:
Mediante el trámite de excepción de certificación de Seguridad Eléctrica Ud podrá importar y comercializar productos eléctricos reemplazando el Certificado de Seguridad Eléctrica por una Declaración Jurada de Conformidad cuando su producto eléctrico:
- Sea un insumo para fabricar un producto certificado.
- Sea un repuesto para reparar un producto certificado.
- Sea operado permanente y exclusivamente por u personal idóneo.
- Se trate de una máquina o componente destinado exclusivamente al uso industrial, no alcanzado y instalado fuera del alcance del público en general.
Cumpliendo varias condiciones, su producto podrá calificar para tramitar una Declaración Jurada de Conformidad de cumplimiento de la Seguridad Eléctrica según la Resolución 169/18 (actualizada por las Resoluciones 1038/21, la 1495/23 y la Disposición 33/23). Y podremos gestionarle un permiso de importación y comercialización de manera rápida y económica, sin necesidad de intervención de organismos ni laboratorios.
Prohibiciones:
- Podremos tramitarle una excepción de certificación, siempre y cuando su producto NO se encuentre dentro de las limitaciones impuestas por la Disposición 33/23 de la DNRT.
Responsabilidades Civil, Penal y Comercial:
- Al solicitar esta excepción, el Importador (o Fabricante) así como su Despachante estarán asumiendo la responsabilidad civil y penal, ilimitada y solidaria, ante eventuales daños a terceros.
- Desde el 09/02/2022 en adelante, el equipamiento eléctrico declarado para «uso idóneo» deberá incorporar en el «documento de venta local» (factura) la leyenda “Uso idóneo”.
Para saber más acerca de certificación de seguridad eléctrica hacer click aquí.
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