“Casi todos los productos eléctricos con alimentación desde 50Vca hasta 1000Vca y de 75Vcc hasta 1.500Vcc están obligado a cumplir la Certificación de Seguridad Eléctrica según la Resolución 169/18 (1) para ser importado y/o comercializado en la República Argentina”. (1) anteriormente resoluciones 92/98 y 171/16.
Certificación de Seguridad Eléctrica: Resolución 169/2018 modificada por las 836/19 y 1038/21 (origen Resol. 92/98).
Debido a que el gobierno argentino obliga a que los productos eléctricos que se importan, fabrican o comercializan en el país cuenten con una “Certificación de Seguridad Eléctrica” para protección de los usuarios, es necesario cumplir el proceso de certificación de sus productos incluirá los siguientes pasos:
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Revisión y análisis de la documentación que acompaña al producto.
- Definición del Sistema de Certificación a aplicar: Tipo o Marca (ver Resol. 1038/21 Anexo I Productos que certifican por Marca obligatoriamente).
- Elección del Organismo Certificador habilitado.
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Elección del Laboratorio de ensayo (de ser necesario).
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Tramitación del ingreso de las muestras SDU Sin Derecho a Uso (de ser necesario).
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Activación del Informe de Ensayo (de ser necesario) y del Certificado aprobado.
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Declaración Jurada de Comercialización: hacemos su presentación y seguimiento hasta aprobación.
Como resultado de este proceso, una certificación de productos puede llevar entre 1 y 4 meses, y costar entre 800 y 2.000 dólares según promedios históricos.
Trámites alternativos:
- EXCEPCIONES de Seguridad Eléctrica: Muchos productos están exceptuados (ver Resol 169/18 – Anexo I Productos excluidos y Resol 1038/21 Anexo III Productos que no admiten excepción). Antes de iniciar ningún trámite, consúltenos de forma gratuita, le informaremos si su producto cumple con los requisitos para tramitar la excepción de seguridad eléctrica y así podrá evitarse gastos innecesarios y problemas. Tenemos el mejor servicio del mercado y muy buenos precios. Ejemplo: algunos tipos de lámparas halógenas.
- SDU (ingreso Sin Derecho a Uso): Toda muestra para ensayo debe ingresarse al país mediante el régimen de Sin Derecho a Uso (SDU), previa definición de Organismo Certificador y Laboratorio de ensayos; consúltenos …
- ¿Tiene mercaderías retenidas en Aduana? consúltenos … ¿Como consecuencia necesita implementar el ingreso urgente de productos retenidos por no cumplir requisitos formales? Por ejemplo son muy comunes los errores en etiquetado o de la ficha de conexión, ya que únicamente son permitidos los formatos IRAM 2063 e IRAM 2073. Este proceso se llama Adaptación al Mercado Local.
Como consecuencia de los múltiples problemas técnicos y administrativos que surgen durante este proceso, es clave designar una persona (interna o externa) que se “haga cargo” y defienda su interés. Debido a que conocemos el mercado y somos independientes y trabajamos con todos los proveedores habilitados. Obtendremos para Ud. los mejores costos y plazos que el mercado ofrezca.
Ciertamente es una buena opción que nos haga una consulta sin cargo y aproveche nuestra experiencia en el tema. Porque evaluaremos las mejores opciones para lograr su objetivo. Debido a que no tenemos compromisos con proveedores y en consecuencia le ofreceremos las mejores opciones que el mercado dispone. Consúltenos!