Certificación de Autopartes – Decreto 196/2025

Certificación de Autopartes de Seguridad

El CHAS (Certificado de Homologación de Autopartes de Seguridad, válido hasta abril de 2025) habilitaba la comercialización, importación o transferencia en Argentina de autopartes de seguridad en el mercado de reposición para todos los vehículos que circulan en la vía pública. Desde la publicación del Decreto 196/2025 la obligación de certificar se mantiene, lo que ya no es obligatorio es homologarla ante el Estado, es decir, obtener un CHAS.

  • La certificación de autopartes de seguridad se realiza en base a distintos Certificados según el tipo de producto.
  • En algunos casos (cascos por ejemplo) podrán ser Certificados obtenidos por el fabricante que demuestren la calidad del producto emitidos por un organismo certificador reconocido por la ONU (eMark) y consularizado.
  • En otros casos (elementos de suspensión por ejemplo) debe contratarse un Organismo Certificador (INTI o IRAM) para la certificación del producto y del proceso de fabricación.

En el siguiente enlace encontrarán un documento con un resumen de certificados (Normativa, definiciones, alcance, responsables, lista de autopartes alcanzadas, entre otros).

Le ofrecemos el servicio de revisión y aprobación de los certificados que obtenga del fabricante a fin de asegurarle que cumple con su responsabilidad como importador y comercializador. ¡Duerma tranquilo!

Excepción de Certificación de Autopartes:

No requieren certificado de homologación de autopartes de seguridad las partes que no se encuentran contempladas en la Resolución 91/01, es decir, aquellas diseñadas para equipos no aptos para circular por la vía pública (ejemplo: tractor agrícola, camión minero, etc.). O cuya finalidad no sea el transporte de cosas o personas. Asimismo, están exceptuadas del CHAS. las autopartes importadas por fabricantes o representantes de vehículos acoplados y semiacoplados como repuestos originales.

Certificación de Autopartes

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