Lámparas halógenas: prohibición y excepciones para importación

La ley 26.473 prohibió la importación de lámparas halógenas:

Y fue publicada el 31-dic-2019, para todos sus tipos y modelos.

Decreto 996/2020 – Exclusiones /Excepciones:

El Decreto 996/2020 fue publicado el día 15-dic-20 y lista los casos que se exceptúan de esta prohibición.
Hay lámparas halógenas permitidas una vez tramitada la excepción:

  • Porque ingresan al país en carácter de importación temporal, en tránsito y/o muestras.
  1. Iluminación de hornos, microondas, eléctricos y a gas, equipos de extracción y purificación y otros aparatos domésticos.
  2. Funcionamiento de equipos de impresión 3D o industrial.
  3. Funcionamiento de estufas con imposibilidad técnica de reemplazo.
  4. Iluminación artificial de estudios de fotografía, de cinematografía y de televisión, teatros u otras actividades culturales o de entretenimiento.
  5. Funcionamiento de equipos de electro calentamiento industriales o profesionales.
  6. Funcionamiento de equipos de moldeado por soplado en PET.
  7. Iluminación para:
    a. Vehículos de uso terrestre (automóviles, motocicletas, camiones, autobuses, remolques, etc.
    b. Locomotoras y demás material rodante sobre vías férreas.
    c. Aeronaves.
    d. Barcos y demás artefactos flotantes.
  8. Iluminación de refrigeradores comerciales o domésticos.
  9. Productos electrónicos e informáticos.
  10. Equipamiento médico.
  11. Iluminación de aeropuertos.
  12. Iluminación para uso pesquero.
  13. Funcionamiento de equipos de escáner.
  14. Equipamiento de laboratorio para uso científico.
  • Las que se encuentren en stock y su fabricación o importación hubiera sido realizada antes del 31-dic-2019.

Importaciones por plazo:

Se puede presentar una solicitud de excepción para importación por un plazo de hasta 365 días corridos, según la documentación acompañada por el requirente. Se deberá acompañar a la mencionada solicitud, un informe de la empresa.

Procedimiento para tramitar la excepción, Resolución 280/2021:

La firma o persona interesada deberá abrir un expediente ante la SCI con:

Declaración Jurada de Uso.

Informe de justificación de la necesidad de importación del insumo.

Histórico de importaciones realizadas durante el período 2017-2019.

Lámparas halógenas (1)

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