Decreto 996/2020: Excepción de prohibición para lámparas halógenas.

Ley 26.473

Decreto 996/2020: Excepción de prohibición para lámparas halógenas.

La Ley 26.473 prohíbe a partir del 31-dic-2019 la importación y comercialización de las lámparas halógenas en todos sus tipos y modelos.
El Decreto 996/2020 publicado el día 15/12/20 lista los casos que se exceptúan de esta prohibición, que tienen una validez de 3 años.
Casos exceptuados (lámparas halógenas permitidas como excepción):
  1. Lámparas halógenas que ingresen al país en carácter de importación temporal, tránsito y/o muestras.
  2. Lámparas halógenas de las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 8539.21.10 y 8539.21.90, destinadas a los siguientes usos:

a) Iluminación de hornos, microondas, eléctricos y a gas, equipos de extracción y purificación y otros aparatos domésticos.
b) Funcionamiento de equipos de impresión 3D o industrial.
c) Funcionamiento de estufas con imposibilidad técnica de reemplazo.
d) Iluminación artificial de estudios de fotografía, de cinematografía y de televisión, teatros u otras actividades culturales o de entretenimiento.
e) Funcionamiento de equipos de electro calentamiento industriales o profesionales.
f) Funcionamiento de equipos de moldeado por soplado en PET.
g) Iluminación para:
1. Vehículos de uso terrestre (por ejemplo: automóviles, utilitarios, motocicletas, camiones, autobuses, remolques y vehículos especiales).
2. Locomotoras y demás material rodante sobre vías férreas.
3. Aeronaves.
4. Barcos y demás artefactos flotantes.
h) Iluminación de refrigeradores comerciales o domésticos.
i) Productos electrónicos e informáticos.
j) Equipamiento médico.
k) Iluminación de aeropuertos.
l) Iluminación para uso pesquero.
m) Funcionamiento de equipos de escáner.
n) Equipamiento de laboratorio para uso científico.

      3. La comercialización de lámparas halógenas que se encuentren en stock de los fabricantes nacionales o de los distribuidores mayoristas y minoristas cuya fabricación en el país o importación hubiera sido realizada con anterioridad al 31 de diciembre de 2019.
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