Permiso de circulación para Actividades vinculadas con el Comercio Exterior
El día de ayer fue publicada en el Boletín Oficial la Decisión Administrativa 450/20 que amplía el listado de actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, en los términos previstos en el Decreto N° 297/20. Entre las actividades que se incluyeron se encuentran Las Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.
Se recuerda que los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios considerados esenciales. Y en todos los casos, los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el Ministerio de Salud para preservar la salud de los trabajadores.
Las personas alcanzadas por esta Decisión Administrativa deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Covid-19.